Al girar debes dejar pasar a los ciclistas que siguen recto a tu lado, por detrás o de frente, también los del carril bici.
Esta lección todavía no ha sido revisada por un instructor o experto.
El ciclista que va recto a tu lado
El art. 18.1 habla de tráfico que va a tu lado o pegado detrás, sin limitarse a autos. Los ciclistas y ciclomotores entran.
Giras a la derecha: el ciclista B sigue recto por el carril bici y pasa primero.
Giras a la derecha. Un ciclista sigue recto por el carril bici a tu lado. ¿Quién pasa primero?
Vas recto y vas a girar a la derecha cruzando un carril bici. Según el CBR, ¿qué compruebas antes de cruzarlo?
El ciclista que viene de frente
Giras a la izquierda: dejas pasar al ciclista que viene de frente.
Giras a la izquierda. Un ciclista viene de frente y sigue recto. ¿Quién pasa primero?
Cuando el carril bici es otro cruce
A veces el carril bici se aleja de la calzada y llega al cruce por separado, con sus propios dientes de tiburón.
Un carril bici se aleja de la calzada y llega al cruce con sus propios dientes de tiburón. Según el CBR, ¿forma un cruce aparte, de modo que el art. 18 ya no te obliga a dejar pasar a esos ciclistas?
Comprueba lo que aprendiste
1.Giras a la derecha. Un ciclista sigue recto por el carril bici a tu lado. ¿Quién pasa primero?
2.Vas recto y vas a girar a la derecha cruzando un carril bici. Según el CBR, ¿qué compruebas antes de cruzarlo?
3.Giras a la izquierda. Un ciclista viene de frente y sigue recto. ¿Quién pasa primero?
4.Un carril bici se aleja de la calzada y llega al cruce con sus propios dientes de tiburón. Según el CBR, ¿forma un cruce aparte, de modo que el art. 18 ya no te obliga a dejar pasar a esos ciclistas?
5.Si el carril bici corre pegado a la calzada, el ciclista que sigue recto cuenta como tráfico a tu lado y debes dejarlo pasar al girar.
6.Giras a la derecha y un ciclomotor (bromfiets) sigue recto a tu lado. ¿Debes dejarlo pasar?
7.En un carril bici de doble sentido hay que prestar atención adicional porque pueden venir ciclistas de ambos lados.
8.Para la ley, el ciclista es un conductor (bestuurder).